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mayo  11, 2024

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El fracaso del tratamiento tutelar y la consecuente pena de prisión (debe ser el “interés superior del niño”…)

-Comentario al fallo “L., L. s/ robo” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional-

Por Juan Pablo Vasallo


“El tratamiento tutelar tiene su propósito en la posibilidad del Tribunal de evaluar la evolución del menor imputado de un delito así como todas las circunstancias que hagan a su conducta y a su contexto en general. El cambio de rumbo del menor hacia uno positivo, de compromisos personales que lo aparten de los riesgos de una vida malsana y con amistades peligrosas es lo que posibilita que los jueces de menores apliquen a favor de los jóvenes un beneficio que otorga la ley y que es la no imposición de pena para el o los delitos que se cometieran antes de recibir el tratamiento.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: tratamiento, posibilidad, procesos.

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